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miércoles, 15 de septiembre de 2010

El Decreto 1097 y la anciada reforma de justicia

El día de hoy se publicó la Ley 29572, norma que deroga el cuestionado Decreto Legislativo 1097. Este Decreto reguló la aplicación de normas procesales por delitos que implican la violación de derechos humanos y se elaboró en el marco de las facultades otorgadas por el Poder Legislativo al Ejecutivo para dictar normas relacionadas exclusivamente al personal policial y militar que ha sido procesado o condenado por los mencionados delitos.

Como sabemos, la derogatoria es resultado de la avalancha de denuncias públicas de congresistas, periodistas, ONG´s de DD.HH., organismos nacionales e internacionales, líderes de opinión y hasta miembros del Gobierno, sobre su supuesta inconstitucionalidad, así como la falta de pertinencia en su elaboración, dada la situación política que ahora se vive. Ello a pesar de las explicaciones verbales y escritas del ahora ex Ministro de Defensa, sobre la constitucionalidad y bondades de la norma.

Lo más cuestionable de la norma es que permitía el sobreseimiento (suspensión) de los procesos seguidos por violación de derechos humanos o la exclusión de los procesados, en caso el Poder Judicial haya excedido los plazos máximos establecidos por la Ley para cumplir con las etapas de un procesos penal ordinario.

A ello se le puede dar dos lecturas: (1) Se pretendía favorecer a los militares y policías violadores de derechos humanos que se encontraban procesados a la fecha y con ello, quebrar los procesos seguidos sin sentenciar a los autores de estos delitos ("amnistía apenas disfrazada", en palabras de Vargas LLosa); o, (2) reconocer el derecho al debido proceso y al juzgamiento dentro de plazos razonables, de los procesados por violaciones de derechos humanos. Las dos lecturas permitirían motivar a las fuerzas armadas y policiales que, sin duda, ahora están disminuidas psicológica y moralmente para cumplir uno de sus principales objetivos: Cuidar el orden interno y externo del país combatiendo a quienes pretenden alterarlo, con el respaldo irrestricto del Estado.

Cualquiera haya sido la lectura del Gobierno, estimamos que por lo menos el Decreto fue totalmente inoportuno (sino fue inconstitucional), ello sin mencionar la ya escaza y deficiente publicidad e información, característica en muchas decisiones importantes tomadas por el Estado.

No pretendo entrar a discutir los aspectos legales que han llevado a derogar la norma o a cuestionar su constitucionalidad (hoy una Sala Penal de la Corte Superior de Lima la inaplicó -vía control difuso- a algunos procesados que pretendieron favorecerse con ella, durante su corta vigencia). Estimo que la solución que se debió dar al incuestionable derecho de los procesados por violaciones de derechos humanos, al debido proceso y al juzgamiento dentro de plazos razonables, no pasaba por la dación de una norma como la derogada, sino por reconocer, también, que esos delitos y procesados (de ser hallados culpables) sin duda requieren ser castigados por un Poder Judicial probo y eficaz. Un Poder Judicial realmente reformado.

Y es que si nos damos cuenta, la ejecución de una reforma bien estructurada (técnicamente) del Poder Judicial, abarcaría la revisión (y reducción) de plazos procesales excesivos en materia penal, que lo único que generan es vulnerar los legítimos derechos que también tienen los procesados, a ser juzgados con rapidez e imparcialidad. Con esto, el Decreto 1097 y muchos otros, serían historia.

Somos concientes de las reacciones negativas y temores que en muchos sectores genera una reforma judicial. Ciertamente, no es un tema popular, más aún cuando existen muchas personas que de una u otra manera deben intervenir o colaborar con esa reforma pero, a su vez, son (potenciales) delincuentes que requieren un Poder Judicial que mantenga corrupción, ineficacia y lentitud para no tener que pagar por sus actos.

Sin embargo, los que creemos que la mejora en la justicia, junto con la mejora en la educación, son dos de los más importantes temas que nos permitirán crecer como país en todo sentido, debemos seguir luchando por una reforma judicial bien planificada y ejecutada. Un buen trabajo (sino el más relevante) sobre la reforma judicial en el Perú fue el de la Comisión Especial de Reforma Integral de Administración de Justicia (CERIAJUS), que ofreció importantes conclusiones y recomendaciones a implementar pero que, lamentablemente, han sido dejadas de lado casi en su totalidad después de cinco años que vieron la luz. Sería sumamente interesante que hoy se revise el trabajo de la CERIAJUS, con miras a no olvidar la tan ansiada reforma de justicia que la mayoría buscamos.